El autor dedica su trabajo a las razones que explican la celebridad del Código Civil de Chile, las que pueden agruparse en dos: el contenido esencial de este texto y su valor como símbolo. En cuanto al primer aspecto, destaca, que él logró una transacción admirable entre tradición e innovación, pues si bien conserva muchos aspectos del Derecho Indiano, también recibe influencias de la Revolución Francesa, tales como la importancia que da a la libertad, la igualdad y la voluntad. El Código, además, intentó seguir un orden natural racionalista generalizando reglas provenientes del Ius Commune. En cuanto al valor del Código como símbolo, el autor lo atribuye a la personalidad de Andrés Bello, a la longevidad del texto y a la difusión internacional que logró.