El derecho que estuvo vigente en las Indias ("derecho indiano en sentido amplio") se nos presenta como un conjunto de sistemas; éstos, sin embargo, no se relacionan entre ellos, claramente jerarquizados, como las capas de una cebolla, sino más bien como una síntesis de bloques yuxtapuestos, como el orden jerárquico que, en la realidad forense o administrativa, no siempre corresponde exactamente a las nomas formales que tratan de poner orden en su convivencia.
Margadant S., G. F. (1987). El agua a la luz del derecho novohispano. Triunfo de realismo y flexibilidad. Revista Chilena De Historia Del Derecho, (13), Pág. 227–252. https://doi.org/10.5354/rchd.v0i13.24864